¡Queremos seguir junto a ti!
En CNT te ofrecemos facilidades de pago para tus facturas impagas.
La Corporación Nacional de Telecomunicaciones CNT EP, te informa que las facturas de los servicios fijos y servicios móviles generadas entre el 16 de marzo y el 22 de julio de 2020, durante el estado de excepción que no han sido pagadas, fueron diferidas de manera automática, a 12 meses sin intereses, multas, ni recargos. La primera cuota del diferido se reflejará en la siguiente factura emitida de acuerdo con la fecha de tu periodo de pago
Las deudas que incluyan facturas generadas antes y después del estado de excepción y que no fueron pagadas, no forman parte del diferimiento automático.
Pensando en ti y tu bienestar para que sigas disfrutando de nuestros servicios, ponemos a tu disposición las siguientes formas de pago:
- Pago en efectivo, cheque certificado o tarjeta de crédito en los puntos habilitados de atención CNT. Para conocer nuestros puntos de atención haz clic Aquí
- Pago en ventanillas de recaudación a nivel nacional de entidades bancarias y auxiliares financieros aliados como: Western Union, Red Facilito y Servipagos,entre otros. Para conocer los puntos de recaudación haz clic Aquí
- Acuerdos de pago hasta por 12 meses, con intereses para servicios fijos y móviles, de acuerdo a términos y condiciones vigentes. Puedes realizar tu acuerdo llamando al 1800 100 100 opción 1 para servicios fijos, y *611 opción 6 para servicios móviles o agendando una cita en nuestro portal web, haciendo clic Aquí, para ser atendido en nuestros centros de atención a nivel nacional.
Para revisar el detalle de tus cuentas, accede al portal Mi CNT, dando clic Aquí, ingresa tu usuario-contraseña y elige en el menú la opción “Pagos pendientes”.
¡En CNT queremos continuar entregándote los mejores servicios! Por favor, es importante que tengas al día tus facturas. Te informamos que en el caso de mantener facturas impagas, se retomará la suspensión de los servicios de la siguiente manera:
Para servicios de telefonía móvil desde el 25 de diciembre de 2020; y para servicios de internet fijo, telefonía fija y televisión por suscripción desde el 27 de diciembre de 2020, de acuerdo a la fecha de vencimiento de pago de tu factura.
Preguntas frecuentes
Se realizaron por Decreto Ejecutivo Nro. 1165 de 29 de septiembre de 2020 y dando cumplimiento a la Ley Orgánica de Apoyo Humanitaria (LOAH) para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del COVID 19 y Reglamento General de Aplicación. Descargar Decreto Ejecutivo 1165
Base Legal
Decreto Ejecutivo No. 1165 de 5 de octubre de 2020Mediante Registro Oficial 1165, se promulga el reglamento general de aplicación a la LOAH, y en su artículo 5 se hace referencia sobre la continuidad de servicios y los valores de los servicios básicos, (Decreto Ejecutivo No.1017 y 1074).
Literal 2En el literal 2 del mismo artículo se señala que los servicios no podían ser suspendidos por falta de pago durante el estado de excepción que inició el 16 de marzo de 2020, conforme al Decreto Ejecutivo 1017 y su renovación, hasta 60 días después de terminado el estado de excepción en mención.
Literal 3En el literal 3 se señala: Para el pago de los valores venideros y generados durante este periodo, se aplicará un esquema obligatorio de diferimiento automático en (12) cuotas iguales mensuales, sin intereses en facturas generadas hasta el 22 de julio de 2020.
Fecha de aplicaciónLos diferimientos automáticos para los clientes en estado de corte 1 (conexión) con deuda pendiente, en el servicio móvil se realizarán a partir del 25 al 30 noviembre y para los clientes de servicios fijos del 28-30 de noviembre.
De ser necesario por el volumen de clientes se retomará a partir del 07-08 de diciembre (debido a que no se puede ejecutar mientras se realicen los procesos de facturación).